Estas disposiciones transitorias instituyen que los comerciantes individuales y sociales podrán renovar su matrícula de empresa y registrar sus sucursales, agencias o locales comerciales o industriales ante el Registro de Comercio, para el año 2020 y los que tuvieren pendientes, presentando únicamente la solicitud pertinente al año 2020, acompañada por el balance del cierre del ejercicio del año 2019 y pagando únicamente los derechos de registro pertinentes al año 2020.

Asimismo, se exonera a los comerciantes individuales y sociales del pago de los derechos de registro anteriores al año 2020 y de toda multa o recargo de los años, incluyendo el año 2020, así como, de la presentación de solvencias y cualquier otra documentación.

Dichas reformas estarán vigentes hasta el día 31 de diciembre del presente año, por lo que se les exhorta a los comerciantes a que puedan aprovechar dichas disposiciones transitorias.

Decreto Legislativo No. 770, Diario Oficial No. 234, Tomo 429, del 24 de noviembre de 2020.  

Emisión:           29/10/2020                     Vigencia: a partir de su publicación en el diario oficial.

Publicación:      03/11/2020 

Categories:

Tags:

Comments are closed